Podrán solicitarlo quienes deseen la corrección de errores, u omisiones de nombres, apellidos, fecha de nacimiento, matrimonio, defunción u otros que resulten evidentes en la propia partida o de otros documentos probatorios.
Podrán solicitarlo quienes tengan una convivencia libre y voluntaria sin impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio.
Podrán solicitarlo; cualquiera de los conyugues sobre bienes de su propiedad, los conyugues de común acuerdo sobre bienes de la sociedad, el padre o madre que haya enviudado o se haya divorciado sobre sus bienes propios, el padre o madre solteros sobre bienes de su propiedad, y cualquier persona dentro de los limites en que pueda donar o disponer libremente en testamento.